Acotando el accidente de trabajo en misión. No lo es la caída en la ducha del hotel. Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo 278/2023, de 18 de abril
-
1
Universidad de Oviedo
info
ISSN: 2792-8314, 2792-8322
Año de publicación: 2023
Número: 476
Páginas: 215-222
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Revista de Trabajo y Seguridad Social. CEF
Resumen
El Tribunal Supremo reafirma los contornos del accidente de trabajo, aclarando que no todo lo sucedido en el tiempo que constituye la misión merece tal consideración. En concreto, en la sentencia comentada se advierte que no es accidente de trabajo la caída en el baño del hotel, mientras se toma una ducha, por no concurrir circunstancias especiales que permitan trabar la relación de causalidad con la actividad productiva.