Competencia judicial internacional para acciones en fraude de acreedoresSentencia del TJUE de 4 de octubre de 2018, asunto C-337/17: Feniks c. Azteca
ISSN: 2255-551X
Año de publicación: 2018
Número: 65
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: La Ley Unión Europea
Resumen
El Tribunal de Justicia considera materia contractual la acción del acreedor que no puede cobrar de su deudor y se dirige contra un tercero que ha recibido bienes del deudor de forma fraudulenta. La Sentencia no convence totalmente ni en su punto de partida, ni en su desarrollo, ni en su conclusión.