La asistencia personalUna propuesta a la luz de los postulados del movimiento de vida independiente

  1. Ángeles Ceinos Suárez
Revista:
Revista Galega de Dereito Social - 2ª etapa: (RGDS)

ISSN: 1696-3083

Año de publicación: 2023

Número: 19

Páginas: 33-87

Tipo: Artículo

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Resumen

El objeto de este trabajo es analizar cómo se ha ido implementando la figura del asistente personal en nuestro ordenamiento jurídico. La Convención de derechos y libertades de las personas con discapacidad en el ámbito internacional y la Ley 39/2006, de promoción de la autonomía personal y protección a la dependencia, en el ámbito nacional incluyen la filosofía del Movimiento de Vida Independiente para abordar la discapacidad, así como la dependencia. Nuestro Ordenamiento Jurídico prevé la posibilidad de cofinanciar la contratación de asistencia personal a través de una prestación de carácter económico y hasta el momento son mayoritarios los estudios en los que el objeto de análisis es el régimen jurídico de dicha prestación y cómo se ha ido desarrollando en las diferentes comunidades autónomas. A lo largo de las siguientes páginas se analizará, en cambio, otro aspecto hasta ahora menos estudiado cual es la relación jurídica que se entabla entre quien presta el servicio de asistencia y quién lo recibe. Es preciso calificar dicha relación porque de ello dependerán los derechos y obligaciones susceptibles de ser exigidas a las partes y también lo es analizar si las fórmulas con las que contamos están alineadas con los postulados del Movimiento de Vida Independiente y en consecuencia con la idea de autonomía personal.