La implementación del Objetivo de Desarrollo Sostenible 12 en el marco de la Unión Europea

  1. Avilés García, Javier
Revista:
CEFLegal: Revista práctica de derecho. Comentarios y casos prácticos

ISSN: 2697-2239 2697-1631

Año de publicación: 2023

Número: 268

Páginas: 5-38

Tipo: Artículo

DOI: 10.51302/CEFLEGAL.2023.18753 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openAcceso abierto editor

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Resumen

Los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas (ODS) constituyen la hoja de ruta avanzada en Europa de la sostenibilidad. La Unión Europea dirige las líneas maestras de su implementación, y el transcurso del tiempo evidencia el peligro de incurrir en una retórica huera sobre las exigencias inevitables de esta «sostenibilidad» en parcelas tan importantes que afectan a los consumidores o usuarios. Parece imprescindible un mayor esfuerzo para explicar con mayor rigor sus objetivos y los previsibles cambios en la profusa reglamentación, normativa y los trabajos preparatorios en curso que inciden sobre la vida útil de los bienes o productos de consumo, que exigen medidas claras y precisas en la lucha efectiva contra la obsolescencia técnica o programada de miles de productos (contexto del ODS 12). Dentro de la copiosa y dispersa legislación nacional y europea vigentes, un análisis jurídico transversal del ciclo de vida útil mínima de los bienes de consumo nos permitirá identificar los problemas clave y vislumbrar soluciones a muchas disfuncionalidades actuales en la cadena de distribución entre productores, empresarios y consumidores, y ello en el contexto de esta materia gris que denominamos «derecho de consumo», indefectiblemente unida al derecho privado, elemento vertebrador indispensable. No cabe duda de que el principio de sostenibilidad de los bienes de consumo debe conjugarse necesariamente con la protección real y precisa de los derechos de los consumidores, en medio de una economía circular colaborativa más competitiva que facilite la lucha efectiva y real contra la obsolescencia técnica o programada.