El Parlamento Europeo y los Acuerdos PESC: de nuevo en torno a los Acuerdos vinculados a la Operación Atalanta (1)STJUE de 14 de junio de 2016, Asunto C-263/14: Parlamento contra Consejo

  1. Pilar CONCELLÓN FERNÁNDEZ 1
  1. 1 Universidad de Oviedo
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    Universidad de Oviedo

    Oviedo, España

    ROR https://ror.org/006gksa02

Aldizkaria:
La Ley Unión Europea

ISSN: 2255-551X

Argitalpen urtea: 2016

Zenbakia: 43

Mota: Artikulua

Beste argitalpen batzuk: La Ley Unión Europea

Laburpena

El TJUE considera que los acuerdos internacionales firmados con terceros Estados por la UE en materia de piratería, corresponden de manera preponderante a la PESC, y no a la cooperación judicial en materia penal o a la cooperación policial, por lo que es legítimo que se adopten conforme al procedimiento establecido en el artículo 218 TFUE, apartado 6, párrafo segundo, primer segmento de frase, lo que excluye, por t a n t o , l a participación del Parlamento Europeo en el procedimiento de celebración. No obstante, el Consejo, en virtud del artículo 218 TFUE, apartado 10, debe cumplir con su obligación de informar cumplida e inmediatamente al Parlamento en todas las fases del procedimiento