La valoración de las operaciones vinculadas en sociedades profesionalesAnálisis de la SAN de 4 de enero de 2021, rec. núm. 1092/2017

  1. José Pedreira Menéndez 1
  1. 1 Universidad de Oviedo
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    Universidad de Oviedo

    Oviedo, España

    ROR https://ror.org/006gksa02

Revista:
Revista de Contabilidad y Tributación. CEF

ISSN: 2695-6896 2792-8306

Año de publicación: 2021

Número: 458

Páginas: 176-184

Tipo: Artículo

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Resumen

La Sentencia de la Audiencia Nacional de 4 de enero de 2021 (rec. núm. 1092/2017) analiza la cuantificación de una operación vinculada entre un socio profesional y su sociedad a través del método del precio libre comparable. La sociedad, que cuenta con medios personales y materiales, es propiedad en prácticamente su integridad de un presentador. La sociedad suscribe contratos con una cadena de radio para presentar y producir determinados programas, en los que, a juicio de la Administración, hay una intervención personalísima del presentador. En consecuencia, consideran que el precio libre comparable de la retribución que debe percibir el presentador es equivalente a lo que la emisora paga a su sociedad, descontados los gastos necesarios en que incurre la sociedad, es decir, su beneficio neto. La Administración no tiene en cuenta que alguno de los programas por los que se paga a la sociedad los presenta un robot, sin intervención personalísima del presentador. La conclusión a la que llega la Audiencia Nacional es que el precio libre comparable no puede ser la retribución que la emisora paga a la sociedad porque hay partes del contrato en las que no interviene el presentador o no están ligadas a una función suya.