Acuerdos en previsión de ruptura en el Reglamento (UE) 2016/1103 sobre regímenes económicos matrimoniales
ISSN: 2341-0566
Año de publicación: 2020
Título del ejemplar: Derecho de familia de la Unión Europea
Número: 26
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: La Ley Derecho de Familia: Revista jurídica sobre familia y menores
Resumen
Los acuerdos en previsión de ruptura tienen un interés creciente para el ámbito de las relaciones transfronterizas con el fin de garantizar seguridad jurídica y previsibilidad para los cónyuges. Su tratamiento es complejo, en la medida en que su validez se examina, inicialmente, de manera fraccionada en función del objeto de cada pacto y la norma que le sea aplicable. En el Reglamento (UE) 2016/1103, solo quedan incluidos los pactos relativos a las relaciones patrimoniales vinculados al matrimonio. En todo caso, y al margen de su validez inicial, la eficacia de los pactos dependerá de una valoración en el momento de la ruptura, que incluirá criterios de justicia material y de orden público. En este contexto, será útil la valoración global de la aplicación de los acuerdos alcanzados.