La codificación y el desarrollo progresivo del principio de arreglo pacífico de controversiassu incidencia en los distintos medios de arreglo
- REQUENA CASANOVA, MILLÁN
- Carlos Jiménez Piernas Director/a
Universidad de defensa: Universitat d'Alacant / Universidad de Alicante
Fecha de defensa: 10 de junio de 2005
- Antonio Remiro Brotóns Presidente/a
- Francisco Javier Quel López Secretario/a
- Fernando M. Mariño Menéndez Vocal
- Victoria Abellán Honrubia Vocal
- Paz Andrés Sáenz de Santamaría Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
El objetivo de esta tesis doctoral consiste en determinar las consecuencias que el proceso de codificación y desarrollo progresivo del Derecho Internacional ha tenido en las coordenadas básicas del arreglo pacífico de controversias; con el fin de conocer y valorar el grado de progresión experimentado por los distintos medios de arreglo de controversias. Para ello se ha realizado un análisis transversal e integrador del ordenamiento internacional, a los efectos de determinar los procedimientos utilizados para el arreglo de controversias en los distintos sectores de normas. A la hora de estudiar el grado de progresión de los distintos medios de arreglo, esta tesis se ha articulado en torno a dos criterios, esto es: se ha hecho hincapié tanto en las transformaciones experimentadas en los perfiles clásicos de algunos medios de arreglo como en los resortes procesales dispuestos para promover su mayor operatividad. Con este objetiva, esta investigación se estructura en dos partes. Una Primera, en la que se estudia la incidencia que el proceso codificador ha tenido sobre los medios de arreglo de carácter político; y una Segunda Parte, que se ocupa de la influencia que el proceso codificador ha ejercido sobre los medios de carácter jurisdiccional. Desde una óptica cualitativa, podemos decir que las negociaciones diplomáticas han experimentado un proceso de relativa juridificación que se hace visible en los mecanismos dispuestos para determinar su puesta en práctica y operatividad. Así, el recurso a las negociaciones a petición de parte, corrige la tradicional libertad de acción y de decisión de que gozan los Estados sobre este medio. Al mismo, tiempo se ha introducido un sistema de plazos perentorios con el fin de objetivar la obligación de comportamiento que incumbe a las partes en las negociaciones. Por lo que se refiere a la conciliación, se ha producido un proceso de judicialización que afecta especialmente a este procedimiento