Carteles económicos y derecho penalanálisis político-criminal de los acuerdos horizontales restrictivos de la competencia (hard core cartels)
- David Felip Saborit Director/a
- Jesús María Silva Sánchez Director/a
Universidad de defensa: Universitat Pompeu Fabra
Fecha de defensa: 09 de octubre de 2015
- Joan J. Queralt Jiménez Presidente/a
- Raquel Montaner Fernández Secretario/a
- Isidoro Blanco Cordero Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
La investigación se centra en el análisis político-criminal de los acuerdos horizontales restrictivos de la competencia denominados carteles económicos de núcleo duro y plantea la pertinencia de la eventual extensión de la ley penal a esta clase de comportamientos. Los carteles de núcleo duro son los más graves ataques a la competencia, causan daños millonarios y perjudican a los consumidores, las empresas competidoras y a la Economía en general. El trabajo consta de cuatro partes: la primera trata temas de Teoría general de los carteles económicos y de los fundamentos jurídicos de la prohibición; la segunda contiene los modelos de criminalización existentes en la actualidad; la tercera se ocupa del análisis político-criminal de merecimiento, idoneidad y proporcionalidad de pena en los supuestos de carteles de núcleo duro; la cuarta contiene una propuesta ¿de lege ferenda¿ y un apartado con las conclusiones finales. En esta investigación se emplea el método propio de la Teoría de la Legislación, con la introducción de niveles de racionalidad (ética, teleológica y pragmática) en el análisis político-criminal. Se concluye que es oportuna la criminalización de los carteles económicos de núcleo duro una vez que se han advertido repeticiones de conductas y proliferación de comportamientos que, tanto por el objeto y la dirección del ataque, como por su frecuencia e intolerabilidad, justifican el recurso al Derecho penal. Por fin, comprobadas serias insuficiencias de los tipos penales existentes, se añade una propuesta de reforma legislativa del tipo de injusto de alteración de precios que habrían de resultar de la libre concurrencia (art. 284.1 del Código penal).