La responsabilidad concursal tras el Real-Decreto Ley 4/2014, de 7 de Marzo

  1. Daniel Rodríguez Ruiz Villa
  2. María Isabel Huerta 1
  1. 1 Universidad de Oviedo
    info

    Universidad de Oviedo

    Oviedo, España

    ROR https://ror.org/006gksa02

Revista:
Anuario de derecho concursal

ISSN: 1698-997X

Año de publicación: 2015

Número: 36

Páginas: 171-195

Tipo: Artículo

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Resumen

Los temas de responsabilidad de administradores son, en especial, los grandes temas de fines del siglo XX en materia de responsabilidad societaria, y de principios del siglo XXI en materia de responsabilidad concursal. En este trabajo se analiza la tercera reforma de la responsabilidad concursal. En este trabajo se analiza la tercera reforma de la responsabilidad concursal en este siglo, que ha tenido lugar con el Real Decreto-Ley 4/2014. Dieciocho palabras del legislador pueden ayudar a poner fin a un debate que lleva vivo una década en nuestra jurisprudencia. La responsabilidad concursal es una responsabilidad por culpa, en la que se requiere que la conducta de la persona afecta por la calificación culpable del concurso haya generado o agravado la insolvencia del deudor. Problema distinto es cómo, en función de tal parámetro, se cuantificará la misma en la cobertura, total o parcial, del déficit concursal.