¿Es posible discriminar declaraciones reales de imaginadas y huella psíquica real de simulada en casos de violencia de género?
- Vilariño Vázquez, Manuel
- Ramón Arce Fernández Director/a
- María Dolores Seijo Martínez Codirector/a
Universitat de defensa: Universidade de Santiago de Compostela
Fecha de defensa: 09 de de juliol de 2010
- Francisco Manuel Tortosa Gil President/a
- Mercedes Novo Pérez Secretari/ària
- Francisco Javier Rodríguez Díaz Vocal
- Ana María Martín Rodríguez Vocal
- Gualberto Buela Casal Vocal
Tipus: Tesi
Resum
Los estudios de sentencias ponen de manifiesto que la práctica del psicólogo forense en la casuística de violencia de género es central para la carga de prueba, especialmente a través de la pericial de la credibilidad del testimonio y de la evaluación del daño psíquico. Al respecto de la credibilidad del testimonio, la literatura ha puesto de manifiesto que existen diferencias en el contenido entre la memoria de los real y de lo imaginado, lo que ha permitido concretar el desarrollo de unos sistemas de análisis de contenido (p.e., SVA, RM, SRA) para discriminar entre declaraciones reales e inventadas. Ahora bien, estos procedimientos se crearon y validaron para menores víctimas de abusos sexuales, siendo dudoso que pueden generalizarse directamente a otras poblaciones (p.e., adultos) y contextos de evaluación (v.gr., violencia de género), aunque sí los principios subyacentes (Bensi, Gambetti, Nori, y Giusberti, 2009). En esta línea, Arce y Fariña (2006a, 2009) desarrollaron y contrastaron un sistema metódico específico para casos de violencia de género. Por lo que se refiere al estudio del daño psíquico, éste implica la evaluación de las consecuencias que, a escala psicológica, ocasiona la violencia de género en la víctima. El Trastorno de Estrés Postraumático se ajusta perfectamente a este requisito; pues se ha hallado sistemáticamente que aparece ligado a la victimación de un delito (p.e., US National Comorbidity Survey). Pero, en el contexto forense, no basta con verificar el daño, sino que se ha de demostrar una relación de causalidad entre el hecho delictivo objeto del juicio y el daño encontrado en la víctima, al tiempo que ha de sospecharse simulación (American Psychiatric Association, 2002). Para acometer este triple propósito, sometimiento a prueba de la relación de causalidad, evaluación del daño psíquico y de la simulación, Arce y Fariña (2007; Arce, Fariña, Carballal, y Novo, 2009) han creado un protocolo de evaluación. Ante este estado de la literatura nos hemos planteado llevar a cabo un estudio para contrastar la eficacia de los modelos de Arce y Fariña para el establecimiento de la realidad de la declaración y del daño psicológico en casos de violencia de género. Adicionalmente, sometimos a prueba los modelos tradicionales o estándar de evaluación de la credibilidad del testimonio y de evaluación del daño psicológico para casos de violencia de género. Por último, comparamos la eficacia de los diferentes modelos. Los resultados de nuestros estudios pusieron de manifiesto que los modelos de evaluación del daño psicológico y de la credibilidad del testimonio de uso habitual no son válidos y productivos para casos de violencia de género, mientras que los modelos de decisión forense de Arce y Fariña, sí se han mostrado fiables, válidos y productivos para el desempeño forense en casos de violencia de género.